Como todos sabemos, realizar un aislamiento térmico de su casa es una inversión para el futuro, y no solo para su familia, es una aportación que hacemos entre todos a la lucha contra el cambio climático.

Cada año, la comunidad de Madrid, adopta y ofrece ayudas a las familias que deciden aislar sus casas o realizar mejoras en las fachadas o cubiertas de sus domicilios. Aquí podemos ver las condiciones que hay que cumplir para acogerse al Plan Renove del 2019 de la Comunidad de Madrid.

Resumimos las condiciones más importantes:

Podrán acogerse a las ayudas reguladas en la presente convocatoria y obtener la condición de beneficiarios de las mismas todas aquellas personas físicas titulares de los inmuebles en los que se realice la reforma, que:

  • Cumplan los requisitos establecidos en la presente convocatoria y sus respectivas
    bases reguladoras.
  • Realicen la reforma y el pago correspondiente en las condiciones y en los plazos
    establecidos en la presente convocatoria y sus respectivas bases reguladoras.
  • Soliciten la concesión de la ayuda.
  • Rellenen correctamente, con este objeto, el Boletín de Solicitud de Ayuda del Plan Renove de Aislamiento en Viviendas de la Comunidad de Madrid.
  • Hayan aportado en los plazos establecidos en la presente convocatoria y sus respectivas bases reguladoras la documentación indicada en las mismas.
  • Que la actuación sea realizada en las fachadas de cualquier tipo de vivienda ubicada en la Comunidad de Madrid, así como actuaciones realizadas por el interior de las cubiertas.
  • Que el aislamiento se ejecute mediante insuflado de lana mineral, celulosa, espuma de poliuretano o perlas de poliestireno expandido.
  • Que el material de aislamiento empleado esté incluido en la base de datos creada al efecto por la Fundación de la Energía y que será conformada a partir de la información aportada por las empresas fabricantes de material aislante adheridas al Plan Renove de Aislamiento.

La cuantía del incentivo

La cuantía del incentivo que podrán percibir los titulares o arrendatarios de las viviendas que realicen la rehabilitación cumpliendo los requisitos establecidos en la presente convocatoria y sus respectivas bases reguladoras ascenderá a 350 euros por vivienda, no pudiendo superar el incentivo el 25 por 100 del coste elegible. En el caso de viviendas unifamiliares, el incentivo que se percibirá si se actúa sobre el cerramiento vertical o sobre la cubierta será de 500 euros. Si la actuación se realiza sobre ambos elementos, la ayuda ascenderá a 750 euros por vivienda.

En cualquier caso, la cuantía del incentivo a percibir no podrá superar el 25 por 100 del coste elegible.

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